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Unificación de Aportes de Afiliados


IMPORTANTE : Con este tramite el usuario puede solicitar la unificación de sus aportes con los de su cónyuge o concubino. Recuerde que Ningún beneficiario puede estar afiliado a más de una Obra Social ya sea como beneficiario titular o como miembro del grupo familiar primario (beneficiario no titular). Los beneficiarios titulares que se encuentren en situación de pluriempleo están obligados a unificar sus aportes debiendo comunicar la opción a sus empleadores. Esta obligación deberá realizarse en un plazo no mayor de SESENTA (60) días a contar desde el momento en que se encuentren en esa situación. Transcurrido ese plazo, sin que medie expresión de voluntad del afiliado el ente recaudador (la AFIP) deberá unificar la cobertura en la Obra Social que hubiere recibido por ese lapso de tiempo y notificar lo actuado a la Superintendencia de Servicios de Salud. El trámite de unificación de aportes en caso de situación de pluriempleo es regulado por la Resolución General DGI 4072/95. Los matrimonios en los que ambos cónyuges sean beneficiarios titulares podrán afiliarse a una única Obra Social, acumulando sus aportes y contribuciones.


Link Solicitud de Unificación de Aportes
Información de Unificación de Aportes

Desunificación de Aportes

A su vez, para afiliados con la unificación de aportes ya realizada y dado el caso que quieran cancelar ese proceso, pueden solicitar la Desunificación de Aportes.
Link Solicitud de Unificación de Aportes